SCHIARETTI ANUNCIO QUE CÓRDOBA IRA A LAS URNAS EL DÍA 7 DE AGOSTO
Como había prometido el gobernador allá por los últimos días de noviembre, cuando se había comprometido con los periodistas a dar la fecha de elecciones recién en abril. Hoy el Ministro de Gobierno provincial, Carlos Caserio fue el encargado de informar que las elecciones se realizarán el 7 de agosto, una fecha distante a 4 meses de la marca actual del calendario. La contienda tendrá como debut a la reforma política votada por todos los bloques de la unicameral y tendrá como novedad, entre otras cosas la boleta única. También, algo que seguramente será difícil de cumplir como la prohibición a lo partido gobernante de realizar actos de gobierno que tengan inauguraciones.Más allá de todas estas cuestiones, la gente se pregunta qué es la boleta única, aque algunas respuestas:
Oficializadas las listas, el Juzgado Electoral ordenará confeccionar un modelo de Boleta Única de Sufragio, cuyo diseño y características deben respetar estos requisitos: estará dividida en espacios, franjas o columnas de igual dimensión para cada partido, alianza o confederación política que cuente con listas de candidatos oficializadas. Los espacios, franjas o columnas contendrán:
1) el nombre del partido, alianza o confederación política
2) la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo que el partido, alianza o confederación política haya solicitado utilizar al momento de registrar su lista de candidatos; 3) fotografía color del candidato a cargo ejecutivo o unipersonal
4) el nombre y apellido completos de los candidatos a gobernador y vicegobernador;
5) el nombre y apellido completos de los candidatos titulares y suplentes a legislador por distrito único, debiendo estar resaltados con una tipografía mayor los primeros 3 candidatos titulares
6) el nombre y apellido completos del candidato titular y suplente a legislador departamental; 7) el nombre y apellido completos de los candidatos a miembros del tribunal de cuentas de la Provincia, titulares y suplentes
8) un casillero en blanco próximo a cada tramo de cargo electivo, a efecto de que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia
9) un casillero en blanco, de mayores dimensiones que el especificado en el inciso anterior, ubicado en el margen superior derecho del espacio, franja o columna de cada una de las agrupaciones políticas intervinientes, para que el elector marque con una cruz, tilde o símbolo similar la opción electoral de su preferencia por lista completa de candidatos.
Diseño. Los requisitos son:
1) Anverso: a) el año de la elección; b) la individualización de la sección y circuito electoral; c) el número de mesa, y d) instrucciones para la emisión del voto.
2) Reverso: un espacio demarcado para que inserten las firmas las autoridades de mesa y los fiscales de mesa de los partidos, alianzas o confederaciones políticas.
3) la impresión será en idioma español, con letra tipo Arial, de tamaño 8 de mínima y 12 de máxima, en papel no transparente con la indicación gráfica de sus pliegues, pudiendo resaltarse en mayor tamaño el nombre y apellido del candidato a: gobernador, primer legislador por distrito único, legislador por departamento y primer candidato a miembro del tribunal de cuentas, e intendente municipal o presidente comunal, en su caso.
4) Tendrá una dimensión no inferior a los 420 milímetros de ancho por 297 milímetros de alto, quedando facultado el Juzgado Electoral a establecer el tamaño máximo de acuerdo con el número de partidos, alianzas o confederaciones políticas que intervengan en la elección.
5) al doblarse en cuatro partes por los pliegues demarcados, debe pasar fácilmente por la ranura de la urna, y 6) debe estar identificada con un código de barras de manera correlativa y adherida a un talón con igual identificación.
audio Carlos Caserio:




